Ley de Administración Pública del estado Anzoátegui. Gaceta Oficial del estado Anzoátegui N° (87) Extraordinario de fecha 23 de diciembre de 2015.
“Artículo 88. La Gobernadora o Gobernador del Estado, podrá crear órganos con carácter de servicios desconcentrados sin personalidad jurídica, u otorgar tal carácter a órganos existentes con el propósito de obtener recursos propios para ser afectados a la prestación de un servicio. Sólo podrá otorgarse el carácter de servicio desconcentrado en aquellos casos de prestación de servicios a cargo del Estado que permitan, efectivamente, la captación de ingresos. Los referidos servicios son órganos que dependerán jerárquicamente del órgano o ente que determine el decreto respectivo.”
- Servicio de Administración Tributaria del Estado Anzoátegui (SAT-ANZOÁTEGUI).
- Terminal Metropolitano de Transporte Extra Urbano de Pasajeros “CLETO QUIJADA”.